Los Gobiernos nacionales de la UE adoptarán la decisión definitiva sobre la candidatura de Lituania al euro a finales de julio, tras consultar al Parlamento Europeo.
Los informes de convergencia se publican al menos una vez cada dos años, o a petición de un Estado miembro de la UE. Y se refieren sólo a los países que aún no se han integrado en la zona euro pero que, en virtud de los Tratados de la UE, deben hacerlo una vez que cumplan los estrictos criterios de convergencia económica conocidos como los criterios de Maastricht. Reino Unido y Dinamarca gozan de exenciones que les permiten permanecer ajenos a la moneda única.
Los criterios
Para pertenecer a la zona euro, los Estados deben cumplir cinco criterios establecidos en el Tratado de Maastricht en 1992:
su tasa anual de inflación no debe superar en más de 1,5 puntos porcentuales la media de los tres países de la UE que registren las mejores tasas de inflación,
el déficit público no debe superar el equivalente al 3 por ciento del producto interior bruto (PIB) del país y, si rebasa este límite, debería haber bajado sustancialmente para aproximarse a este listón, o es excepcional, temporal y cercano al umbral,
la deuda pública debe equivaler como máximo al 60 por ciento del PIB del país o, si sobrepasa este límite, deberían estar disminuyendo y aproximándose al listón de manera sustancial y a una ritmo satisfactorio,
los tipos de interés a largo plazo no deben superar en más de 2 puntos porcentuales la media de los tres países que registren los mejores datos en cuanto a la estabilidad de precios y
participación durante dos años en el mecanismo europeo de tipos de cambio, que limita las fluctuaciones entre el euro y las divisas nacionales.
Además, la legislación nacional de los países que se dispongan a adoptar el euro deben respetar todos los requisitos que establecen los Tratados de la UE, sobre todo los que se refieren a la independencia y las funciones de sus respectivos bancos centrales.
Una vez que un país dispone de un informe de convergencia positivo, los Gobiernos nacionales adoptan la decisión definitiva, basada en una propuesta de la Comisión Europea, tras consultar con el Parlamento Europeo.
El precedente de Letonia
Letonia entró en el euro el enero de 2014. El 5 de marzo de 2013, para poner en marcha el proceso de adhesión a la moneda única, presentó una solicitud formal para que se evaluara su convergencia. La Comisión Europea y el Banco Central Europeo (BCE) publicaron el 5 de junio sus respectivos informes de convergencia, en los que concluyeron que el país candidato estaba preparado. Los Estados del euro emitieron el 21 de junio una recomendación favorable a la propuesta de la Comisión Europea para que se permitiera a Letonia unirse al euro.
Los jefes de Estado o de Gobierno de la UE felicitaron a Letonia, en el Consejo Europeo celebrado los días 27 y 28 de junio, por cumplir los criterios de convergencia. El Parlamento Europeo aprobó una resolución al respecto el 3 de julio. Y el Consejo, institución comunitaria que reúne a los Gobiernos nacionales, adoptó el 9 de julio de 2013 la decisión definitiva que abrió a Letonia las puertas de la zona euro a partir de enero de 2014.