Tribunal de la UE: las parejas homosexuales tienen los mismos derechos que los matrimonios heterosexuales

Las uniones de hecho de parejas homosexuales son comparables a los matrimonios heterosexuales, a efectos de cobrar una pensión. Lo dice en una sentencia el Tribunal de Justicia de la UE, que ha fallado a favor de un ciudadano alemán a quien el ayuntamiento de Hamburgo negó la misma pensión complementaria de jubilación que se concede a los casados. La Corte europea considera que se trata de un caso de discriminación por orientación sexual, prohibida por la normativa de la UE.

Dos hombres, pareja gay, de la mano
El tribunal de la UE, contra la discriminación por orientación sexual / Foto: blogs.wsj

Jürgen Römer ha vivido con su compañero desde 1969 y forman una pareja estable inscrita según la ley alemana. Römer trabajó en el ayuntamiento de Hamburgo durante 40 años, hasta que sufrió una incapacidad laboral y reclamó que se le abonara la pensión complementaria de jubilación más favorable, que corresponde a los casados y suponía un aumento de 302 euros mensuales.

El ayuntamiento consideró que no se trataba de situaciones equiparables y negó el aumento. Römer presentó una demanda ante el Tribunal de Trabajo de Hamburgo que, a su vez, pidió opinión al Tribunal de la UE.

El órgano judicial europeo entiende que las situaciones que se comparan son análogas y que la legislación alemana lo contempla así sin ninguna diferencia en su ordenamiento jurídico.

La sentencia puede crear un importante precedente para las parejas de gays y lesbianas. Solo cuatro países de la UE, España, Portugal, Bélgica y Holanda, reconocen el matrimonio homosexual y otros once Estados han legalizado las uniones civiles.