El texto aprobado introduce novedades sobre la actual legislación europea con castigos más estrictos, sobre todo, en el caso de abusos por parte de personas que convivían con el niño o que estaban en posición de confianza o autoridad, como miembros de la familia o profesores. También habrá penas más duras contra los adultos que abusen de niños especialmente vulnerables, como los discapacitados.
La Eurocámara ha introducido delitos no contemplados hasta ahora, como el turismo sexual infantil o el grooming, una práctica por la que se establecen lazos de amistad con el niño a través de internet para abusar sexualmente de él.
La norma establece penas de cárcel mínimas que los Estados podrán aumentar en sus legislaciones nacionales. Por ejemplo, la coacción o uso de la fuerza contra un menor para que practique sexo o se prostituya se castigarán con, al menos, diez años de prisión. Los productores de pornografía infantil irán tres años a la cárcel, como mínimo; y los usuarios, un año. Los condenados no podrán ejercer profesiones que impliquen contacto directo con niños, ya que se calcula que el 20% de las personas que abusan de niños son reincidentes.
Con esta legislación, los Estados de la UE estarán obligados a retirar las páginas web que contengan pornografía infantil y, si esto no es posible por problemas con terceros Estados, se bloqueará el acceso a las páginas con la restricción «necesaria y proporcionada».
La directiva también incluye medidas de asistencia, apoyo y protección a las víctimas, especialmente en el caso de los niños que delaten casos de abusos en la familia. Asimismo, los Estados miembros garantizarán en todo momento la protección de la identidad, la intimidad y la imagen del menor.
La nueva directiva comunitaria se aprobará definitivamente antes de fin de año y en los dos siguientes, los Estados deben haberla transpuesto a sus respectivas legislaciones.