La sentencia del Tribunal de la UE se refiere a un caso concreto de unos apicultores alemanes, cuya miel se contaminó por el polen de maíz genéticamente modificado de la compañía Monsanto MON810, autorizado por la Unión Europea, que se cultivaba en terrenos próximos de forma experimental.
Los jueces europeos señalan que el hecho de que la contaminación se produzca de forma intencional o fortuita «no puede hacer que el alimento que contiene ingredientes producidos a partir de organismos genéticamente modificados quede excluido de la aplicación de dicho régimen de autorización». El Tribunal aclara además que esa exigencia es independiente de la proporción de material transgénico introducido en el alimento.
Las organizaciones ecologistas han celebrado el fallo del Tribunal porque entienden que avala la agricultura tradicional y la miel libre de transgénicos. El grupo parlamentario de los Verdes en el Parlamento Europeo destaca que la sentencia demuestra que la coexistencia entre cultivos tradicionales y transgénicos es una falacia.