Los ministros de Sanidad de la UE han aprobado la nueva norma comunitaria que establece los derechos de los pacientes que se trasladan para recibir tratamiento médico en un país diferente al suyo, por ejemplo para saltarse la lista de espera.
España ha conseguido que se apruebe su propuesta que es más restrictiva que la presentada en principio y en la que se aumenta el número de casos en los que se necesita autorización previa para trasladarse a otro país y allí recibir asistencia sanitaria. Esto limitará mucho el llamado «turismo sanitario.»
Polonia, Portugal, Eslovaquia y Rumania se han opuesto al documento presentado por España reclamando más limitaciones para los tratamientos transfronterizos alegando que pone en riesgo la sostenibilidad de los sistemas sanitarios nacionales en un momento de crisis como este.
Al contrario de la opinión del comisario de Sanidad John Dalli, que habría preferido un texto «más innovador».
La nueva normativa establece que si un paciente español quiere acudir a consulta privada en otro país de la UE, necesita una autorización de la sanidad española que podría denegarlo alegando que no está garantizada la suficiente calidad.
El otro problema que pretende solventar esta normativa es el pago de los tratamientos de los jubilados de otros Estados miembros que tienen, por ejemplo, su residencia habitual en España. El borrador anterior preveía que fuera el país de residencia en lugar del de afiliación el que corriera con los gastos. Según el nuevo texto, en el caso de un alemán que resida en Mallorca y que quiera que le traten en su país será Alemania la que corra con los gastos, aunque si decide ir a Francia el tratamiento lo pagará España.