La cuarta directiva anti blanqueo obligará por primera vez a los Estados miembros a registrar los datos de los titulares últimos de las entidades corporativas y otras entidades jurídicas, así como de los fideicomisos. Estos registros centralizados no estaban previstos en la propuesta inicial de la Comisión, pero los eurodiputados los incorporaron durante las negociaciones.
La norma también establece obligaciones específicas de información para las entidades financieras, auditores, abogados, agentes inmobiliarios y casinos, entre otros, respecto a las operaciones sospechosas efectuadas por sus clientes.
«Interés legítimo» para acceder a las bases de datos de propietarios
Los registros serán accesibles para las autoridades y sus unidades de inteligencia financiera (sin ninguna restricción), las «entidades obligadas» (como los bancos, en aplicación de medidas de «diligencia debida respecto a los clientes») y también para el público (sujeto a la inscripción en línea del demandante y al pago de una tasa para cubrir los costes administrativos).
Para acceder al registro, la persona u organización (por ejemplo, periodistas de investigación u ONG) tendrá que demostrar un «interés legítimo» en el supuesto lavado de dinero, la financiación del terrorismo y los delitos subyacentes que pueden servir para financiarlos, como la corrupción, los delitos fiscales y el fraude.
Los datos disponibles serán el nombre y apellidos del propietario, mes y año de nacimiento, nacionalidad, país de residencia y detalles sobre la propiedad. Los Estados miembros podrán hacer excepciones a esta obligación de información, pero sólo «en casos concretos, bajo circunstancias excepcionales»
Los registros centrales sobre fideicomisos serán accesibles únicamente para las autoridades y las «entidades obligadas»
El texto clarifica las normas aplicadas a las personas con «exposición política», es decir, aquellas con un mayor riesgo de corrupción debido al cargo político que ocupan, como jefes de Estado, miembros del Gobierno, magistrados de los tribunales superiores, y parlamentarios, así como sus familiares.
En caso de relaciones empresariales con personas de este perfil, deben adoptarse medidas adicionales, por ejemplo, establecer el origen del patrimonio y de los fondos implicados en las operaciones.
Seguimiento de las transferencias de fondos
El pleno del Parlamento también ha dado el visto bueno al nuevo reglamento sobre «transferencias de fondos», que busca mejorar el seguimiento de los pagadores, beneficiarios y sus activos.
Los Estados miembros tendrán dos años para trasladar la directiva a la legislación nacional. El reglamento sobre transferencias de fondos será directamente aplicable en todos los países de la UE veinte días después de la publicación en el Diario Oficial.