El turismo sanitario tiene los días contados. El Parlamento Europeo ha aprobado este miércoles una directiva impulsada por España que regula la asistencia sanitaria transfronteriza dentro de la UE. También regula la de los extranjeros residentes en un país diferente del suyo que volvían a su país de origen a operarse y exigían al de residencia que costeara la intervención.
Cuando la normativa entre en vigor, los europeos que soliciten asistencia médica en un Estado que no sea el de residencia solo tendrán derecho a la que recibirían en su propio país. De esta forma las operaciones de cadera que algunos jubilados británicos aprovechaban para que les hicieran durante sus vacaciones en España tendrán ahora que pagarlas igual que lo harían en Gran Bretaña.
Las nuevas normas aclaran los derechos de los pacientes a recibir asistencia médica en otros Estados miembros. Como norma general, será el país de residencia el que sufrague los costes del tratamiento. Si existiera una diferencia económica, esta correrá a cargo del paciente.
En el caso de tratamientos especializados o que requieran hospitalización de al menos una noche el país en el que se encuentren podrá exigir una autorización previa al de origen que este podrá denegar alegando que no garantiza calidad suficiente.
Un problema que se le presentaba a España con mucha frecuencia era quien debía pagar los tratamientos en el extranjero de los jubilados de otro país. Sería el caso de un jubilado alemán residente en España que va a su país a tratarse, en este caso sería la sanidad alemana la que pagara. Pero si quisiera recibir tratamiento en Francia, sería el país de residencia, es decir, España quien tendría que abonar la factura.
En España hay 2,5 millones de residentes extranjeros, de los que 500.000 tienen más de 55 años.