El margen que da el procedimiento antidumpin para la investigación es de 15 meses, aunque la Comisión Europea tiene la posibilidad de imponer unas tasas provisionales en nueve meses si para entonces tiene indicios suficientes de que puede existir competencia ilegal
La asociación EU Pro Sun, que ha puesto la demanda, agrupa a más de 20 empresas europeas que producen paneles solares y sus componentes esenciales. En conjunto representa a más del 25 % de la producción en la Unión y la parte contraria no produce más que la que ha puesto la denuncia. Estas son las dos condiciones fundamentales previstas en el reglamento antidumpin para que se inicie una investigación.
Además los denunciantes han aportado pruebas: que los precios muestran claramente que se trata de un dumpin; que la industria de la UE se perjudica claramente; que hay una relación clara entre las importaciones y el perjuicio que está sufriendo la industria europea. Esto es suficiente para que se inicie la investigación.
Dentro de nueve meses, la Comisión publicará unas conclusiones provisionales. Si ve indicios de dumpin, puede establecer unas medidas durante seis meses mientras continúa la investigación o puede cerrarla si no cree que exista perjuicio. La Comisión aplicará el «criterio del interés de la Unión» en sus pesquisas.
China es el primer productor mundial de paneles solares. Alrededor del 65 % de todos los paneles solares se fabrican en ese país. La UE es el principal mercado de exportación de China, con un 80 % de todas las exportaciones.