El ex primer ministro socialdemócrata Adrian Nastase fue condenado el pasado enero a dos años de prisión por un delito de financiación ilegal de su partido durante las presidenciales de 2004.
Según la Fiscalía Anticorrupción, Nastase organizó un simposio –denominado «Trofeo de la Calidad»- cuyo fin real era enmascarar la financiación ilegal de las empresas participantes en favor de su candidatura; a través de esta trama se habría obtenido un millón y medio de euros de forma fraudulenta.
Nastase anunció su intención de recurrir la sentencia y acusó a su rival en esas elecciones, el actual presidente conservador Traian Basescu, de estar detrás de la decisión de los jueces.
La ratificación del Tribunal Supremo no sólo lleva consigo la entrada en prisión, sino la prohibición de ser candidato a cualquier función pública durante el tiempo de su condena, lo que equivale a su fin político.
Pasadas las once de la noche, la policía se personó en la casa del exprimer ministro con la intención de hacer efectiva la sentencia. Según fuentes de la propia policía, Nastase solicitó a los miembros de la policía unos minutos para preparar la salida del domicilio, en ese momento literalmente rodeado por la prensa. Aprovechando un descuido, Nastase alcanzó un arma de fuego –es un reputado coleccionista de armas y fue durante doce años presidente de la Asociación de Cazadores- e intentó suicidarse. La rápida reacción de los agentes impidió que se llevara a cabo, aunque en el intento resultó herido de bala en el cuello.
Fue trasladado, en estado consciente, por una ambulancia al Hospital de Urgencia Floreasca de la capital, donde está siendo intervenido para proceder a su estabilización y a la extracción de la bala alojada en su cuello. En el hospital se personó a los pocos minutos su antiguo pupilo y actual primer ministro, el también socialdemócrata Victor Ponta.
La sentencia en contra de Nastase, quien todavía deberá enfrentarse a otros juicios, representa la condena del político de más alto nivel desde la caída del comunismo en 1989.