Debido a fenómenos como la mayor concentración del mercado, existen grados muy distintos de poder de negociación en las relaciones entre los agentes de la cadena de suministro alimentario. Aunque las diferencias en el poder de negociación son comunes y legítimas en las relaciones comerciales, estos desequilibrios pueden dar lugar a prácticas comerciales desleales en algunos casos.
Michel Barnier, comisario de Mercado Interior y Servicios, ha declarado que «como consumidores, podemos ir a comprar a las tiendas del barrio, pero la cadena de suministro alimentario tiene una clara dimensión de mercado único europeo. Tiene que haber unas condiciones de competencia leales y equitativas entre las pymes minoristas y proveedoras de alimentos, por una parte, y los grandes fabricantes y cadenas de supermercados multinacionales, por otra. Las prácticas comerciales desleales ponen esto en peligro. El sector ya ha realizado importantes y valiosos esfuerzos para hacer frente a los comportamientos desleales y debería seguir realizándolos. Los Estados miembros han de asegurarse de que tienen unas normativas eficaces y coherentes que se basen en las iniciativas de autorregulación y las complementen.»
Algunas de estas prácticas abusivas son: evitar o rechazar poner por escrito cláusulas comerciales esenciales, realizar cambios unilaterales retroactivos del coste o el precio de los productos o servicios, tranferir riesgos injustificados o desproporcionados a una parte contratante, alterar deliberadamente el calendario de entrega o recepción para obtener un beneficio injustificado, o concluir unilateralmente una relación comercial sin previo aviso o mediante un plazo de preaviso exageradamente corto y sin motivo objetivamente justificado.
La cadena de suministro alimentario no solo es crucial para la vida cotidiana y el bienestar de los consumidores, sino que también es importante para el conjunto de la economía, ya que da empleo a más de 47 millones de personas en la UE, a menudo en pymes, y representa alrededor del 7% del valor añadido bruto de la UE. El tamaño total del mercado del comercio minorista de productos relacionados con la alimentación en la UE se estima en 1,05 billones de euros.
La cadena de suministro alimentario tiene una fuerte dimensión internacional y reviste especial importante en el mercado único. El comercio transfronterizo entre Estados miembros de la UE representa alrededor del 20 % del total de la producción de alimentos de la UE. Hay estimaciones que indican que al menos un 70 % del volumen total anual de exportaciones de productos agrícolas de países de la UE se dirige a otros Estados miembros de la Unión.
Para la Comisión las prácticas comerciales desleales suponen una serie de prioridades de las partes interesadas para facilitar un marco eficaz de la UE contra esas prácticas. De momento la Comisión no propone medidas de reglamentación a escala de la UE, pero anima a los Estados miembros a cerciorarse de que aplican las disposiciones adecuadas contra las prácticas comerciales desleales, teniendo en cuenta las circunstancias nacionales.
Las sugerencias de la Comunicación se basan en tres pilares:
1. Apoyo a la Iniciativa de la Cadena de Suministro voluntaria: Los códigos de conducta voluntarios son una piedra angular de unas relaciones comerciales leales y sostenibles. Por lo tanto, la Comunicación anima a los agentes económicos de la cadena de suministro alimentario a sumarse a la Iniciativa de la Cadena de Suministro existente desde septiembre de 2013 y a sus plataformas nacionales. Asimismo, pide al grupo de gobernanza de la iniciativa que fomente al máximo la participación de las pymes, que son las principales beneficiarias de la iniciativa.
2. Normas de la UE sobre los principios de buenas prácticas: Los Estados miembros que ya abordan las prácticas comerciales desleales a nivel nacional han adoptado distintos planteamientos al respecto. Por otra parte, algunos Estados miembros no han adoptado todavía ninguna medida concreta contra las prácticas comerciales desleales. Con el fin de hacer frente a las prácticas comerciales desleales de forma eficaz en toda la UE y, en particular, en su dimensión transfronteriza, convendría que hubiera una interpretación común de las normas que abordan las prácticas comerciales desleales. En la Comunicación se sugiere que los principios de la iniciativa de la cadena de suministro alimentario podría servir de base para una interpretación común de la normativa.
3. Mejora de la aplicación a escala nacional: Si la parte más débil en una relación comercial depende económicamente de su contraparte más fuerte, puede abstenerse a menudo de defenderse contra las prácticas comerciales desleales mediante acciones judiciales o mecanismos de resolución extrajudicial de litigios por temor a poner en peligro o perder su relación comercial. Para establecer un factor de disuasión creíble contra el uso de prácticas comerciales desleales, la Comunicación propone la aplicación de normas mínimas en toda la UE.
La importancia de fomentar unas relaciones comerciales sostenibles mediante la lucha contra las prácticas comerciales desleales se señaló en el plan de acción europeo para el comercio minorista de enero de 2013. El Libro Verde de la Comisión sobre las prácticas comerciales desleales en la cadena de suministro alimentario y no alimentario entre empresas en Europa, publicado junto con el plan de acción, abrió un amplio debate y suscitó respuestas de partes interesadas muy variadas.
Las prácticas comerciales desleales pueden tener efectos perjudiciales, sobre todo en las pequeñas y medianas empresas de la cadena de suministro alimentario. Pueden afectar a la capacidad de las pymes para sobrevivir en el mercado, realizar nuevas inversiones financieras en productos y tecnología y desarrollar sus actividades transfronterizas en el mercado único. Además, también pueden tener efectos negativos indirectos en las pymes a lo largo de la cadena de suministro alimentario.
Por ejemplo, una pyme podría renunciar en primer lugar a entablar una relación comercial por temor a que se le impongan prácticas comerciales desleales. Las prácticas comerciales desleales aplicadas en la UE también podrían tener efectos directos e indirectos en los productores y las empresas de fuera de la UE, incluidos los países en desarrollo.
Una serie de Estados miembros ha reconocido el potencial perjudicial de estas prácticas y ha puesto en marcha iniciativas de regulación contra las mismas o tiene la intención de hacerlo, lo cual se ha traducido en diferencias normativas en la UE.
En el marco del Foro de la Comisión sobre la Mejora del Funcionamiento de la Cadena Alimentaria, los agentes del Mercado reconocieron el problema de las prácticas comerciales desleales y formularon una serie de principios de buenas prácticas en materia de relaciones verticales y un marco de autorregulación para aplicarlos, la llamada Iniciativa de la Cadena de Suministro. NdP