A punto de ser presentado al Consejo de Ministros que preside Mariano Rajoy, ese anteproyecto contiene «algunos artículos que pueden colisionar con el derecho constitucional a la información y ocasionar inseguridad jurídica, con sanciones que podrían considerarse como desproporcionadas, tanto a los periodistas que estén cumpliendo con su trabajo en lugares públicos donde intervengan agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como para los editores que publiquen estos contenidos». Lo dicen el FOP (*) y la FAPE anticipándose a los dictámenes que pueda haber del Consejo de Estado y del Consejo General del Poder Judicial, antes de su tramitación parlamentaria.
El reparto de roles previsto implica una virtual impunidad de la policía en su trabajo callejero y la imposibilidad del trabajo normal para los periodistas, fotógrafos y reporteros gráficos, en situaciones de tensión, protestas o manifestaciones.
Y usted, ciudadano no periodista, tenga cuidado también al grabar cualquier actuación de los agentes del orden, aunque sea en caso de actuaciones apasionadas o «excesos de celo profesional». Si ese proyecto llegara a convertirse en ley, las multas consideradas muy graves pueden llegar a subir hasta 600.000 euros. También pueden alcanzar a cualquier editor que autorice la publicación de ese tipo de imágenes. Según los que han concebido esa polémica ley futura, la imagen de los policías atenta contra la policía. Extraordinario.
Ya se conoce al proyecto de Fernández Díaz como «Ley Corcuera 2». ¿Se acuerdan los ciudadanos españoles de aquella autorización para que la policía pudiera abrir las puertas a patadas? Los profesionales de los medios, o cualquier otro ciudadano, tendrán que tener cuidado ahora no sólo con las fotos, sino con todo: imagen, los datos personales o familiares de los agentes del orden.
Desde luego, los periodistas deben ser cuidadosos al manejar esos datos, pero no más que lo requerido en los códigos éticos de la profesión. Ni más, ni menos.
A veces, es imposible informar de excesos, incumplimientos profesionales o maltrato policial, si no se cita quién y cómo: sea policía o barquero en el mar de Aral.
¿Si un activista de Greenpeace se viste de águila en lo alto de una central nuclear, podemos publicar la secuencia fotográfica? Porque nos avisan también de que hay que evitar esas fotos en lugares considerados «sensibles». ¿Las broncas, huelgas, protestas en los aeropuertos, lugares muy sensibles, ¿son ilustrables icónicamente, publicables? Si tiene una prueba gráfica, ¿el periodista debe ocultar en su información la cara y los datos de un agente cuando sobrepasa los límites que las leyes democráticas le imponen? ¿Sólo debe hacerlo cuando el ministro le pone una medalla por haber salvado a una ancianita en peligro? ¿Ese es el criterio?
El anteproyecto apunta también a los periodistas y medios cuando –según los urdidores de la ley Fernández Díaz- pongan en peligro una operación policial. Tengo alguna experiencia de ese reproche por parte de la policía francesa, cuando en el pasado ejercí como corresponsal en Francia. Un grupo de corresponsales nos ofrecimos a discutirlo, en París, con el Jefe de la Policía Judicial. La cena terminó mal porque para aquel hombre no se trataba de dialogar, de discutir cuando una información era pertinente para los ciudadanos y cuando podía ser discutible; sino sólo de imponer lo mismo que preconizan ahora desde el ministerio del Interior español. Todas las profesiones sufren casos de excesos, meteduras de pata, decisiones equivocadas o errores serios. Las fuerzas del orden también. Es así de simple.
Los medios y los periodistas y los medios tienen la obligación de señalarlo, sobre todo en época de protestas sociales generalizadas y justificadas. Es tan cierto en Bruselas como en Madrid. Y si los periodistas no cumplimos ese deber profesional, aunque sea molestando a algunos, lo que está en peligro es el derecho ciudadano a la información veraz.