España, a la cola de Europa en indemnizaciones por accidentes de tráfico

En la Unión Europea se registran cada año 1,3 millones de accidentes de tráfico que provocan 43.000 muertes y 1,7 millones de heridos. La normativa comunitaria se ocupa de la obligatoriedad de que los vehículos estén asegurados, pero no sobre la cuantía de las indemnizaciones, que cada uno de los Estados fija según su criterio, con notables diferencias entre los 27.

En España, las asociaciones de víctimas piden que se equiparen las compensaciones con otros países de nuestro entorno. Hasta que esto sea así, cuando el accidente ocurre fuera de las fronteras nacionales, la legislación europea permite hacer la reclamación en uno u otro Estado, donde sea más ventajoso para el asegurado.

Accidente de tráfico en Reino Unido
Accidente de tráfico en Reino Unido / Foto:personal-injury-solicitors

España se encuentra en la zona medio-baja de países europeos en cuanto a indemnizaciones a las víctimas de accidentes de tráfico. El motivo principal se debe a una ley aprobada en 1991, en la que se optó por un marco indemnizatorio muy bajo, como consecuencia de que en ese momento existía gran siniestralidad en el país y las compañías de seguros eran pequeñas.

En la actualidad las circunstancias han cambiado y las compañías de seguros son grandes multinacionales, de ahí que las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico reclamen que se equiparen las indemnizaciones que se pagan en España con las de países vecinos de la UE ya que, aunque pagamos cantidades similares a las de estos países por el seguro, las indemnizaciones son muy inferiores a la media,lo que supone un enriquecimiento de las compañías de seguros en perjuicio del ciudadano español.

Desde la entrada en vigor del Baremo de 1995 ha aumentado el número de vehículos con seguro obligatorio en un 65%, coincidiendo con la reducción de la mortalidad en carretera en más del 50%. España se ha colocado dentro de los 5 países europeos que más ha logrado disminuir el número de víctimas mortales, escalando desde la posición 17ª hasta la 8ª en el ranking de países de la UE con menos muertos por accidentes de tráfico. Hemos pasado de 136 muertos por millón de habitantes a 60 y de estar por encima de la media europea (que era de 113 fallecidos por millón de habitantes) a estar por debajo. Por el contrario, el número de víctimas en accidentes viales con motocicletas se ha incrementado en un 30% en este mismo período.

A pesar de todo esto, seguimos estando entre los países de la UE que menos indemnizan a las víctimas por accidentes de tráfico. Por ejemplo, en Francia se paga el triple de indemnización que en España; en Noruega se abonan 3 millones de euros por una víctima mortal y aquí en torno a los 150.000 euros (en algunos casos, 100.000); y la diferencia de que un inglés tenga un accidente de tráfico en su país frente a un español que lo tenga en carreteras españolas es del 70%. Grecia o los países bálticos tienen indemnizaciones inferiores a las nuestras.

Las asociaciones de víctimas están trabajando con el Ministerio de Economía y el Ministerio de Justicia para conseguir una normativa más justa. Según un estudio de la Universidad de Murcia, encargado por la Dirección General de Tráfico (DGT), cada vez que una persona muere en España en accidente de carretera, la sociedad pierde en términos económicos 1,4 millones de euros. La directora del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, dependiente de la DGT, Anna Ferrer, cree que este informe será positivo para calcular las indemnizaciones que deben recibir las familias de una víctima mortal por accidente y subraya que «entre 1,4 millones de euros y los 100.000 que hoy se cobra hay una distancia abismal». Ahora se trata de revalorizar esas indemnizaciones y no tener solo en cuenta factores como el sueldo, la edad, los hijos o los estudios.

La Asociación Estatal de Víctimas de Accidentes, DIA, considera que con ese informe se cuenta con un criterio fiable e independiente para cuantificar los perjuicios y para dejar de especular con lo que debe ser indemnizado. DIA califica de «rácanas las posiciones de las aseguradoras que aumentan constantemente sus beneficios, están enfrascadas en una lucha de precios y tratan de escatimar y recortar las indemnizaciones y servicios a los familiares de los fallecidos».

La normativa europea está recogida en la Motor Directiva de Seguros 2009/103/EC, que establece un mercado único en el ámbito del seguro del automóvil, obliga a los vehículos de motor de la UE a estar cubiertos por el seguro obligatorio a terceros y garantiza la supresión de los controles fronterizos, de forma que los vehículos puedan circular con la misma facilidad en todos los Estados miembros de la UE.

Sin embargo, la Unión Europea no interviene en los conflictos entre asegurados, víctimas de accidentes de tráfico y compañías aseguradoras. La competencia para resolver cualquier controversia sigue en manos de las autoridades nacionales de los 27.

Reclamar donde la compensación sea más favorable

Los ciudadanos deben saber que, cuando tienen un accidente de tráfico en un país distinto al de su residencia, tienen el derecho a reclamar en uno u otro. La reclamación de indemnización podrá realizarse a elección del perjudicado, tanto en el país donde ocurrió el siniestro, como en el país donde tiene fijado su domicilio, lo que permite a la víctima elegir una compensación más favorable, según las leyes aplicables en ambos países. Podemos seguir una serie de pasos que facilitarán mucho la posterior reclamación:

1- Rellenar Declaración Amistosa de Accidente. Hay que prestar especial atención a la matrícula del vehículo responsable.

2- Datos de testigos presenciales, ya que es muy importante en caso de versiones contradictorias.

3- Presencia Policial para que pueda elaborar el correspondiente atestado, principalmente cuando hayan heridos, accidente bajo influencia del alcohol o el conductor contrario se niegue a facilitarnos sus datos.

4- Que el vehículo contrario sea extranjero no presenta ningún problema, ya que todas las compañías extranjeras deberán estar obligatoriamente integradas en la Oficina Española de Aseguradores de Automóviles (Ofesauto) y responderá solidariamente frente a terceros, es decir, asumirá por cuenta de todas la Entidades Aseguradoras Autorizadas para operar en España, en el ramo del Seguro Obligatorio del Automóvil, las obligaciones impuestas por el Seguro de Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria, tanto en los accidentes sufridos por un vehículo español en el extranjero como por un vehículo extranjero en España (países miembros de la UE y Espacio Económico Europeo). También debemos incluir los accidentes producidos por vehículos que sin estar dentro de estos dos grupos, tengan cubierta su responsabilidad civil mediante Certificado Internacional de Seguro o Carta Verde.

5- Al igual que un accidente entre vehículos españoles, hay que dar parte a su entidad aseguradora en el plazo de 7 días.

6- En el caso de sufrir lesiones, en España el plazo para interponer denuncia es de 6 meses (vía penal) y la demanda, de 1 año (vía civil), siendo competente el Juzgado del partido judicial del lugar donde ocurrió el siniestro y no el del domicilio del reclamante.

7- Si el vehículo responsable no se encuentra asegurado en ninguna compañía, no estará obligado OFESAUTO, sino el Consorcio de Compensación de Seguros.

La UE ha puesto en marcha unas nuevas orientaciones de seguridad vial para los próximos diez años, con las quiere reducir las muertes en carretera en un 50% en 2020. Básicamente se trata de aumentar la cooperación entre los Estados para aumentar la seguridad de usuarios, vehículos e infraestructuras, pero también de aplicar la legislación europea para garantizar un mismo trato a todos los ciudadanos cuando infringen las normas de tráfico. Sin embargo, la valoración de las lesiones en caso de accidente seguirá estando determinada por los Estados miembros.

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