La Corte de Estrasburgo responde así a un recurso de ANV que considera que las sentencias de los tribunales españoles violaban el Convenio Europeo de Derechos Humanos, en sus artículos referidos a los derechos de reunión y asociación y en la regulación de la libertad de expresión.
Los jueces europeos argumentan que el partido vasco representaba «un gran peligro para la democracia española» y recuerda que ANV no condenó los atentados de ETA, subraya la integración de Batasuna en ANV y la participación del partido demandante en homenajes a miembros de ETA.
También se destaca la «relación económica» entre ANV y Bastasuna-ETA, que «demostraba que los miembros de esta última habían integrado el partido recurrente y que establecía la existencia de apoyo político total y de sustento financiero parcial aportados por ANV a la organización ilegal Batasuna».
Por todo ello, el Tribunal de Estrasburgo concluye que no existe ninguna razón para «separarse del razonamiento» del Tribunal Supremo, que determinó la existencia de lazos entre ANV y el complejo Batasuna-ETA, cuyo modelo político «está en contradicción con el concepto de una sociedad democrática».
El Supremo decretó la ilegalización de ANV el 22 de diciembre de 2008 y su disolución como partido político, tras admitir las demandas presentadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado. En enero de 2009, el Constitucional rechazó el recurso de amparo presentado por ANV con argumentos similares a los utilizados ahora por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.