El Tribunal Europeo de Derechos Humanos entiende que la presencia de crucifijos en las escuelas públicas italianas no viola el derecho a la educación ni la libertad de pensamiento y religión.
Con esta sentencia, inapelable, la Corte rectifica una anterior, en la que daba la razón a una mujer italiana de origen finlandés que reclamó por considerar que los crucifijos en el colegio de sus hijos violan su derecho a educarles en el laicismo. Un tribunal italiano respondió que el crucifijo es un símbolo de la cultura, la historia y la identidad del país. Después de varios trámites, el caso llegó al Tribunal de Estrasburgo en 2009. Los jueces europeos sentenciaron entones que los crucifijos en las aulas violan el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones.
Ahora un tribunal superior modifica la sentencia, aprobada por 15 votos a favor y dos en contra, y señala que«Italia no infringe el Convenio Europeo de Derechos Humanos y actúa dentro de los límites en el ejercicio de sus funciones en el terreno de la enseñanza...Un crucifijo colgado de una pared es un símbolo esencialmente pasivo, cuya influencia sobre los alumnos no puede ser comparada a un discurso didáctico o a la participación en actividades religiosas».
El portavoz de la Santa Sede, Federico Lombardi, ha dicho que la sentencia de la Corte europea «hará historia». Su argumento es que «excluir del espacio público cada expresión religiosa violaría la libertad religiosa misma».
La Comisión Europea no ha querido entrar en la polémica. El portavoz de Justicia, Michele Cercone, ha dicho que«la presencia de símbolos religiosos en edificios públicos está regulada por el principio de subsidiaridad. Es una competencia de los Estados miembros, es un aspecto no cubierto por ninguna legislación comunitaria actualmente en vigor».
Cercone ha recordado que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos es un órgano del Consejo de Europa y no una institución comunitaria, sino internacional en la que participan 47 países de todo el continente.