El Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera que España ha vulnerado el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, relativo a la libertad de expresión, cuando condenó al dirigente de Batasuna, Arnaldo Otegi, a un año de prisión por haber llamado al rey «responsable de los torturadores». La Corte de Estrasburgo sentencia que se indemnice al recurrente con 20.000 euros por daños morales y 3.000, por las costas.
Otegi fue condenado por los tribunales Supremo y Constitucional por haber pronunciado esas palabras durante una visita de don Juan Carlos a Vizcaya en 2003, tras el arresto de diez trabajadores del diario Egunkaria. Otegi, portavoz parlamentario entonces de Sozialista Abertzaleak afirmó: «¿cómo es posible que se fotografíen hoy en Bilbao con el rey de España, cuando el rey de España es el jefe supremo del Ejército español, es decir, el responsable de los torturadores y el que protege la tortura e impone su régimen monárquico a nuestro pueblo por medio de la tortura y la violencia?».
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera desproporcionada la sentencia de los tribunales españoles porque las críticas de Otegi no atentan contra la vida privada del Rey ni su honor personal ni le atribuían responsabilidad individual en la comisión de una infracción penal. Además, el Tribunal considera que el derecho a la libertad de expresión es «precioso» para todos, pero más aún para un cargo elegido por el pueblo como era Otegi.
Estrasburgo da aún más argumentos en su sentencia sobre la protección de la legislación española a la figura del Rey: «el hecho de que el Rey ocupe una posición de neutralidad en el debate político, una posición de árbitro y de símbolo de la unidad del Estado, no puede ponerle al abrigo de todas las críticas en el ejercicio de sus funciones oficiales».
La resolución, que respalda los argumentos de Otegi, corresponde a la Sala Tercera de la Corte Europea de Derechos Humanos, presidida por el magistrado español Josep Casadevall.