Desde el próximo 1 de enero desaparecerá el secreto bancario en la UE. Luxemburgo y Austria mantenían un veto que no permitía a las autoridades fiscales investigar a los defraudadores en todos los países.
Los ministros de Economía han aprobado por unanimidad una norma que permitirá el intercambio de información entre países para poder determinar correctamente la cantidad de impuestos que se les adeuda. Así se evitará que los defraudadores escondan sus ingresos. La nueva directiva establece que, un Estado miembro no podrá denegar información sobre un contribuyente del país que solicite los datos aduciendo únicamente que esa información la tiene un banco u otra institución financiera.
A partir de primero de año cuando un Estado de la UE reciba una solicitud de información procedente de otro Estado deberá contestar en un plazo máximo de seis meses. Los ministros de Economía han pactado unos puntos que deberá incluir la solicitud, como la identidad de la persona investigada y el objetivo fiscal que se investiga, de este modo se evitan imprecisiones. La directiva prevé un intercambio automático de información, que se irá aplicando de forma paulatina, para ocho categorías de ingresos y capital: rendimientos del trabajo, honorarios de director, dividendos, incrementos de capital, derechos de autor, productos de seguros de vida, pensiones y propiedades de bienes inmuebles y rendimientos inmobiliarios.
A partir de 2015, los Estados miembros comunicarán de forma automática información sobre un máximo de cinco categorías. Cada año el fraude fiscal representa entre el 2 y 2,5% del PIB de la UE, entre 200.000 y 250.000 millones de euros.