La Comisión ha recibido varias denuncias de compañías aéreas y asociaciones del sector de los viajes y de la aviación. Según estas denuncias, las compañías aéreas no fueron adecuadamente consultadas sobre las modificaciones de las tasas aeroportuarias que entraron en vigor en julio de 2012.
Para algunos aeropuertos modestos las subidas han sido pequeñas, pero en otros más grandes no ha sido así. La tasa por pasajero que han de pagar las compañías aéreas en el aeropuerto de Madrid se haduplicado. Un incremento similar se ha producido en el aeropuerto de Barcelona.
La tasa pretende cubrir el coste que el aeropuerto soporta por proporcionar las infraestructuras de la terminal a los pasajeros. El significativo incremento para las compañías aéreas que operan en los aeropuertos de Madrid y Barcelona, podría disuadirlas de operar en ellos.
La Comisión, está recabando más información para estar segura de que las modificaciones estaban justificadas sobre la base de los costes para el aeropuerto.
Además, quiere asegurarse de que España ha establecido la autoridad de supervisión independiente. La Directiva europea, adoptada en 2009, establece unos requisitos mínimos para el cálculo de las tasas aeroportuarias y la consulta entre aeropuertos y las compañías aéreas que los utilizan antes de que se realicen las modificaciones. También obliga a los aeropuertos a proporcionar información suficiente sobre los costes para los usuarios. Así mismo se exige a los Estados miembros que establezcan una autoridad de supervisión independiente para arbitrar los conflictos sobre las tasas y contribuir a garantizar que la Directiva se aplique correctamente.